información
del Consejo Nacional de Seguridad
*Durante la XLV Sesión Ordinaria se designa al Gobernador
de Coahuila al frente de la Comisión durante los próximos dos años, en
coordinación con el Secretario Ejecutivo
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Ciudad de México.- El Gobernador de
Coahuila, Miguel Ángel Riquelme Solís, fue designado para presidir durante los
próximos dos años la Comisión de Información del Consejo Nacional de Seguridad,
en coordinación con el Secretario Ejecutivo.
La asignación del
cargo fue realizada durante la XLV Sesión Ordinaria del Consejo, donde se
analiza y evalúa la inteligencia estratégica para mantener la seguridad en el
País, y donde hoy se recalcó que los trabajos de Miguel Riquelme como
Presidente de la Comisión serán:
I.- Revisar,
analizar, debatir y resolver los asuntos relacionados con el suministro,
intercambio, sistematización y actualización de la información sobre seguridad
pública
II.- Analizar
propuestas de reformas y, en su caso, realizar modificaciones a la normativa en
materia de suministro, intercambio, sistematización y actualización de la información
sobre seguridad pública
III.- Opinar los
asuntos de que conozca el Pleno del Consejo Nacional en materia de su
competencia
IV.- Coordinarse con
el Secretario Ejecutivo para dar seguimiento al cumplimiento de las
disposiciones aplicables por parte del Centro Nacional de Información
V.- Someter a
consideración del Pleno del Consejo Nacional todos aquellos asuntos que
considere prioritarios en materia de información sobre seguridad pública,
VI.- Los demás que
establezcan otras disposiciones aplicables, los que le sean encomendados por el
Pleno del Consejo Nacional y los que se sometan a la consideración de su
Presidente.
Informe Policial
Homologado (IPH)
Radiocomunicación
Red Nacional de
Detenidos (RND)
Bases de datos de
seguridad
Esta Comisión
solicitará información al Centro Nacional de Información respecto a la
operación del Sistema Nacional de Información de Seguridad Pública, a fin de
rendir el informe correspondiente ante el Pleno del Consejo Nacional.
La Comisión
sesionará ordinariamente cuando menos dos veces al año, a convocatoria de su
Presidente, y extraordinariamente en cualquier tiempo para conocer asuntos
específicos que por su trascendencia y urgencia así se requiera a juicio de su
Presidente.