Personas que han perdido su empleo durante la emergencia
sanitaria pueden tramitar Retiro Parcial por Desempleo: IMSS
La persona interesada podrá disponer de los recursos bajo dos modalidades, después de validarse los requisitos para acceder a este beneficio
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sanitaria pueden tramitar Retiro Parcial por Desempleo: IMSS
La persona interesada podrá disponer de los recursos bajo dos modalidades, después de validarse los requisitos para acceder a este beneficio
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Ciudad
de México.- Entre los beneficios que ofrece el Instituto
Mexicano del Seguro Social (IMSS) en materia de seguridad social, se encuentra
el Retiro Parcial por Desempleo, una protección que tiene el trabajador formal,
particularmente importante en momentos de emergencia sanitaria, ya que en el
caso de pérdida del empleo, puede hacerse uso de los recursos de la cuenta
individual del trabajador.
Los requisitos para acceder a
este beneficio son: tener 46 días naturales de estar
desempleado, haber estado registrado al menos durante tres años con una AFORE,
tener dos o más años cotizados en el Seguro Social y no haber efectuado retiros
de su cuenta individual en los últimos cinco años.
Una
vez cumplidos los requisitos, es necesario presentarse en la AFORE y solicitar
la realización del trámite; hecho esto, la AFORE validará que se cumpla con las
condiciones del trámite y el IMSS certificará en su caso el derecho al Retiro
Parcial por Desempleo.
La
disposición parcial de los recursos de la cuenta individual se podrá realizar
con base en dos modalidades: en la primera, si la cuenta individual tiene al
menos tres años de haber sido abierta y la persona tiene un mínimo de dos años
de cotización al IMSS, entonces se puede retirar en
una sola exhibición un monto equivalente a 30 días del último
Salario Base de Cotización registrado con un límite de 10 veces el valor de la
Unidad de Medida y Actualización (UMA).
La
segunda modalidad es aplicable cuando la cuenta individual tiene más de cinco
años de haber sido abierta; en estos casos, el monto a retirar corresponde a lo
que resulte menor entre el importe correspondiente a 90 días del Salario Base
de Cotización de las últimas 250 semanas o el 11.5 por ciento de los recursos
acumulados en la subcuenta de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (RCV).
Lo
recomendable es acceder al Retiro Parcial por Desempleo sólo en caso de
emergencias, ya que al retirar los recursos de sus ahorros también se
disminuyen las semanas cotizadas. No obstante, para no afectar la posibilidad
de pensionarse, los recursos retirados pueden ser repuestos posteriormente e
ingresados a la cuenta individual, con lo que se reintegrarán las semanas que
hubieran sido descontadas.
Es
posible consultar las semanas cotizadas de manera muy sencilla, con lo cual las
personas pueden conocer su situación afiliatoria con el Instituto, es decir,
qué patrones las han dado de alta, y con qué periodos y salarios las han
registrado.
Este
trámite se puede realizar a través de la página www.imss.gob.mx en el apartado de servicios digitales. Lo único que se
requiere es contar con un correo electrónico, CURP, Número de Seguridad Social
y de manera automática el sistema generará el resultado de la consulta.
Es
importante que las personas se cercioren de que en los registros del IMSS se cuenten
con sus datos correctos y actualizados, para acceder a realizar tanto estos
trámites digitales como para recibir todos los servicios que ofrece el
Instituto.
Para
mayor información de los trámites antes señalados se ha puesto a disposición de
la población el número 800 623 2323, opción 1, de lunes a viernes en un horario
de 8:00 a 20:00 horas, y los sábados y domingos de 8:00 a 14:00 horas.